La estrategia jurídica de Carlos Mazón respecto a la gestión judicial de la catástrofe del 29 de octubre ha dado un giro centrado en el procedimiento técnico. El expresidente de la Generalitat Valenciana ha optado por vincular su colaboración directa con la justicia al reconocimiento pleno de sus derechos procesales. Según los últimos escritos remitidos al juzgado de Catarroja, no facilitará sus registros de llamadas ni mensajes de texto hasta que la Audiencia Provincial de Valencia resuelva su situación legal en la causa.
El pulso procesal por los registros de comunicación
La defensa del exdirigente autonómico ha respondido a la jueza instructora con una postura de cautela técnica. Al existir un recurso de apelación pendiente sobre la negativa a permitir su personación en el caso, los abogados de Mazón consideran que cualquier aportación de pruebas, como el volcado de sus comunicaciones de WhatsApp, debe quedar en suspenso. Esta decisión busca evitar que el investigado actúe en un escenario de incertidumbre sobre su estatus jurídico.
El núcleo del conflicto reside en una resolución previa que pospone su declaración testifical hasta que se aclare si puede formar parte del proceso como parte personada. Bajo este mismo criterio de espera, la representación legal ha decidido no entregar voluntariamente el listado de comunicaciones solicitado el pasado mes de abril, argumentando que el proceso debe seguir un orden jerárquico y garantista antes de avanzar en la fase de instrucción.
La denuncia de una «indefensión real» en el juzgado
Más allá de la entrega de dispositivos, la defensa ha escalado su malestar al presentar un recurso de revisión que denuncia una indefensión real. El equipo legal critica que se les esté impidiendo realizar la denominada designación de particulares. Este trámite es esencial para seleccionar qué documentos o testimonios específicos deben ser remitidos a la instancia superior para que esta pueda valorar adecuadamente el recurso de apelación.
- Impedimento para seleccionar documentación clave en la apelación.
- Contradicción procesal al admitir un recurso pero limitar su capacidad de defensa.
- Riesgo de que la Audiencia Provincial reciba un testimonio incompleto de las actuaciones.
Para el letrado de Mazón, resulta contradictorio que el tribunal admita a trámite su recurso pero, al mismo tiempo, le niegue la capacidad procesal indispensable para sostenerlo conforme a la ley. Argumentan que, al no ser tenido formalmente por parte, se está vaciando de contenido su derecho a combatir la resolución que precisamente le deniega esa personación.
Consecuencias para la cronología de la emergencia
Esta batalla de trámites judiciales tiene un impacto directo en la reconstrucción de lo sucedido durante las horas críticas de la emergencia de la DANA. La parálisis en la entrega de las comunicaciones privadas supone un retraso en la obtención de datos que podrían clarificar la cadena de mando y las decisiones tomadas durante la tarde del 29 de octubre de 2024. Mientras el juzgado de Catarroja mantiene la instrucción, el foco se traslada ahora a la Audiencia Provincial de Valencia, cuya decisión desbloqueará o mantendrá el actual impasse.
En definitiva, la postura de Carlos Mazón se fundamenta en no dar pasos en falso mientras su derecho a la defensa no esté plenamente blindado. La justicia valenciana debe ahora determinar si la negativa a la designación de particulares vulnera los principios del proceso judicial o si, por el contrario, se ajusta a la normativa vigente para quienes aún no han sido aceptados como parte oficial en una causa de tal magnitud.
