Bautista recurre la admisión de la querella por acoso

La estrategia jurídica del alcalde de Móstoles, Manuel Bautista, entra en una fase decisiva. Tras la admisión a trámite de una querella interpuesta por una antigua edil de su formación política por presunto acoso sexual y laboral, su equipo legal ha presentado un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid. El objetivo es claro: forzar el archivo de las actuaciones argumentando que la instrucción actual vulnera derechos fundamentales básicos y carece de sustento probatorio.

Defectos de forma: El poder especial bajo la lupa legal

Uno de los ejes centrales sobre los que pivota el recurso de la defensa es el incumplimiento técnico de los requisitos procesales. Los letrados sostienen que la querella no cumplió con lo estipulado en el artículo 277 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Según el escrito, el documento se presentó sin el poder especial exigido por la normativa, un requisito que consideran insubsanable una vez iniciado el procedimiento.

La defensa subraya que este permiso indispensable fue aportado casi sesenta días después de la interposición de la denuncia. Para los abogados de Bautista, admitir la subsanación tardía de este documento supone una alteración de las reglas del juego penal, ya que la voluntad expresa de la querellante debe constar de manera fehaciente desde el primer minuto del proceso judicial.

Crítica a la falta de motivación y el derecho a la defensa

El recurso presentado ante la Audiencia Provincial carga duramente contra la resolución judicial que dio luz verde a la investigación. La defensa alega que el auto carece de la motivación suficiente necesaria en cualquier Estado de Derecho. Sostienen que el juzgado se ha limitado a realizar valoraciones genéricas sin detallar qué hechos concretos se le imputan al regidor de Móstoles ni qué indicios reales existen para sostener una acusación de tal gravedad.

Esta falta de precisión técnica, según el equipo jurídico, sitúa a Manuel Bautista en una situación de indefensión procesal. El escrito invoca la protección de los artículos 24 y 120 de la Constitución Española, recordando que todo ciudadano tiene derecho a conocer de qué se le acusa con exactitud y a que las resoluciones que afecten a su libertad o reputación estén debidamente justificadas por el órgano instructor.

Impacto reputacional y búsqueda del sobreseimiento

Más allá de los tecnicismos, el recurso enfatiza que la apertura de un proceso penal no es un trámite inocuo, especialmente cuando afecta a un cargo público. La defensa insiste en que las consecuencias reputacionales y personales derivadas de una querella por acoso exigen un control judicial extremadamente riguroso, algo que, a su juicio, ha brillado por su ausencia en este caso.

  • Inexistencia de indicios racionales de criminalidad en la fase actual.
  • Vulneración de la Ley Orgánica del Poder Judicial por falta de fundamentación.
  • Invalidez de las actuaciones por defectos formales no corregidos a tiempo.

En definitiva, la defensa solicita que se declare la nulidad total del auto recurrido y se proceda al sobreseimiento libre de la causa. Ahora, la pelota está en el tejado de la Audiencia Provincial, que deberá decidir si el proceso judicial contra el alcalde de Móstoles continúa su curso o si los errores señalados por sus abogados son suficientes para enterrar la querella de forma definitiva.