Error en el despido de un portero cuesta 15.000 euros

Gestionar el despido de un empleado en una comunidad de propietarios requiere una precisión técnica que no admite negligencias. Recientemente, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha puesto de relieve cómo un error en el cómputo de los años de servicio puede invalidar un despido objetivo, transformándolo en improcedente y elevando los costes para los vecinos hasta los 15.000 euros.

El concepto de antigüedad y el error inexcusable

El núcleo del conflicto judicial reside en la omisión de los primeros años de relación laboral del trabajador. El conserje inició su andadura profesional en el inmueble en mayo de 2014, encadenando diversos contratos temporales y a tiempo parcial. No fue hasta 2018 cuando su situación se regularizó mediante un contrato indefinido a tiempo completo.

Al intentar ejecutar un despido por causas económicas en 2024, la comunidad de vecinos cometió el error crítico de fechar el inicio de la relación laboral en 2017. Esta decisión ignoró tres años de servicios previos que resultaban fundamentales para el cálculo de la indemnización legal. La justicia ha calificado este fallo como un error inexcusable, ya que la documentación acreditativa de la antigüedad real estaba a disposición de la parte empleadora.

Impacto financiero: De la indemnización propuesta a la condena real

La discrepancia en las cifras presentadas por la comunidad frente a la realidad de los hechos generó un perjuicio directo para el trabajador que los tribunales no han pasado por alto. La diferencia económica se resume en los siguientes puntos:

  • Oferta inicial de la comunidad: Se propuso una compensación de 6.289,04 euros basada en una antigüedad ficticia.
  • Cálculo legal correcto: Según los años de servicio reales (10 años), el importe mínimo debería haber sido de 9.137,26 euros.
  • Brecha económica: Una diferencia de casi 3.000 euros que invalidó la procedencia del despido objetivo.

Al declararse la improcedencia, la comunidad se ha visto obligada a enfrentar una factura mucho mayor. La condena total, sumando salarios de tramitación, diferencias en indemnizaciones y costes legales, alcanza una cifra cercana a los 15.000 euros, lo que supone más del doble de lo presupuestado inicialmente por la junta de vecinos.

La vulnerabilidad de los despidos por causas económicas

Aunque la comunidad alegó dificultades financieras derivadas del incremento de gastos generales desde el año 2019, la justicia es clara: las razones económicas no pueden servir de paraguas para vulnerar los derechos adquiridos del trabajador. El TSJCLM subraya que la veracidad de los datos laborales es un requisito previo indispensable para que un despido objetivo sea válido.

Este caso sirve como advertencia para las administraciones de fincas y los presidentes de comunidades. Un ahorro mal ejecutado en la liquidación de un portero o conserje puede derivar en un proceso judicial costoso que termine repercutiendo de forma severa en las cuotas extraordinarias de los propietarios.

Opciones legales tras la sentencia

Tras la resolución judicial, la comunidad de vecinos se encuentra en una encrucijada legal con plazos estrictos. El magistrado ha otorgado un margen de cinco días para que la propiedad decida entre dos vías de actuación:

  • Readmisión inmediata: El trabajador recuperaría su puesto con el abono de los salarios dejados de percibir.
  • Indemnización total: El pago de la cuantía fijada por improcedencia, finalizando definitivamente la relación laboral.

Aunque cabe la posibilidad de presentar recursos ante instancias superiores, los precedentes en casos de errores de cálculo en la antigüedad sugieren que las posibilidades de revertir el fallo son mínimas. La precisión en la auditoría de los expedientes laborales se confirma como la mejor herramienta para evitar sorpresas económicas en los juzgados de lo social.