Giro procesal: De presunta víctima a investigada por denuncia falsa
Lo que comenzó como una grave acusación de agresión sexual mediante sumisión química ha derivado en una petición de procesamiento por denuncia falsa. La Fiscalía de Cantabria ha solicitado formalmente el sobreseimiento libre de las actuaciones contra un hombre que fue denunciado por una compañera de trabajo durante una convención inmobiliaria en Santander. Tras analizar las pruebas, el Ministerio Público concluye que el relato de la mujer carece de veracidad y responde a un motivo espurio: su despido laboral, ocurrido apenas un día antes de interponer la denuncia.
La justicia cántabra sostiene que no existe una persistencia en la incriminación, detectando además una ausencia total de elementos objetivos que respalden la versión de la denunciante. Por el contrario, los indicios apuntan a una estrategia de represalia tras la pérdida de su empleo en una franquicia inmobiliaria de Zaragoza. La resolución judicial busca ahora que la mujer rinda cuentas ante un juzgado de la capital aragonesa por un presunto delito contra la administración de justicia.
Incoherencias en el relato y pruebas de cargo inexistentes
El escrito de la Fiscalía destaca que la versión ofrecida por la mujer ha sido cambiante y contradictoria desde el inicio del proceso. Mientras que en sus primeras declaraciones alegaba no recordar los hechos, posteriormente fue añadiendo detalles de violencia física, como mordiscos y golpes, que no fueron detectados en los exámenes médicos iniciales realizados en el hospital de Zaragoza. Los facultativos únicamente hallaron una leve equimosis en un muslo, lesión que no guarda relación con la gravedad de los hechos denunciados.
Un factor determinante para el archivo de la causa contra el hombre ha sido el análisis de las grabaciones de seguridad del hotel. Las imágenes muestran a la mujer accediendo a las instalaciones por su propio pie y sin signos de estar bajo los efectos de sustancias tóxicas que anularan su voluntad. Además, los informes periciales recalcan la incompatibilidad de la sumisión química con el comportamiento posterior de la denunciante, quien recordaba perfectamente su número de habitación e incluso salió a practicar running la mañana siguiente al presunto incidente.
Testimonios que desmienten la sumisión química
La instrucción del caso ha contado con la participación de numerosos testigos, compañeros de ambos, cuyas declaraciones han resultado demoledoras para la credibilidad de la acusación. Los puntos clave que desvirtúan la denuncia son:
- Varios testigos afirmaron que la mujer consumió sustancias estupefacientes de forma voluntaria, asegurando incluso que ella misma las había llevado al congreso.
- Se constató un consumo de alcohol superior al que ella declaró, siendo esta una ingesta solicitada por ella misma y no inducida por terceros.
- Compañeros de trabajo manifestaron que, al día siguiente de los hechos, la mujer se jactaba de haber mantenido relaciones sexuales con el investigado, a quien se refería de forma coloquial como «el míster».
- Se detectó una manipulación de pruebas respecto a un test de drogas de farmacia, el cual la mujer intentó atribuir a su persona para después retractarse y decir que pertenecía a un amigo.
El impacto del móvil espurio en la instrucción
Para la Fiscalía, la cronología de los hechos es reveladora. La supuesta agresión tuvo lugar en la madrugada del 14 al 15 de junio de 2024, pero la denuncia no se formalizó hasta el día 19, justo después de que el 18 de junio se le comunicara su despido laboral. Este lapso temporal, unido a la falta de pruebas biológicas o físicas, refuerza la tesis de que la denuncia fue una herramienta de presión o venganza contra el entorno laboral.
Incluso el testimonio de su «amigo íntimo», quien intentó corroborar la presencia de lesiones, ha sido puesto en duda por el Ministerio Fiscal, que llega a considerar a esta persona como un posible cómplice en la construcción de este relato ficticio. Al no haber otros testigos que ratificaran la presencia de marcas físicas en la playa al día siguiente, el peso probatorio de su declaración es nulo frente a la unanimidad del resto de los presentes.
Conclusión del procedimiento judicial
La Audiencia Provincial de Cantabria y el Juzgado de Instrucción número 3 de Santander coinciden en que no hay indicios de criminalidad por parte del hombre investigado, quien siempre mantuvo que las relaciones fueron consentidas. El sobreseimiento libre dictado implica que no cabe reapertura de la causa por estos mismos hechos, despejando el camino para que el procedimiento por denuncia falsa contra la mujer prosiga su curso en los juzgados de Zaragoza, lugar donde reside y donde interpuso la querella original.
