La defensa de Koldo García ha decidido jugar una carta determinante en el tablero judicial. Justo antes de que se inicie la fase crucial del proceso en el Tribunal Supremo, el que fuera asesor de confianza en el Ministerio de Transportes ha solicitado formalmente la paralización de la vista preliminar. El objetivo es elevar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), una maniobra que busca cuestionar qué órgano tiene la potestad real para juzgar los hechos tras la pérdida de la condición de aforado de los principales implicados.
El TJUE como estrategia para redefinir la competencia judicial
El núcleo de la petición liderada por la abogada Leticia de la Hoz reside en la falta de claridad sobre la jurisdicción competente. Al dejar José Luis Ábalos su acta de diputado, el escenario de aforamiento que justificaba la intervención del Supremo ha cambiado drásticamente. La defensa sostiene que Europa debe aclarar si el procedimiento debe seguir en la máxima instancia judicial española o si, por el contrario, debería retornar a la justicia ordinaria.
Esta petición de suspensión se produce en un momento de máxima tensión, con los acusados enfrentándose a solicitudes de condena que alcanzan los 30 años de cárcel. La estrategia no solo busca ganar tiempo, sino también forzar un pronunciamiento externo que podría invalidar parte del camino recorrido por la instrucción nacional hasta la fecha.
Alegaciones de indefensión y la sombra de la investigación prospectiva
Más allá de la competencia territorial o jerárquica, los escritos de defensa presentados ante el magistrado Leopoldo Puente dibujan un panorama de supuestas irregularidades procesales. Entre los argumentos más contundentes destaca la denuncia de una investigación prospectiva por parte de la Unidad Central Operativa (UCO). Según los abogados, se realizaron pesquisas antes de obtener la autorización preceptiva del Congreso, aprovechando la inmunidad parlamentaria de la que gozaba el exministro en aquel momento.
Asimismo, la defensa de García señala una duplicidad procesal que consideran inaceptable:
- Se investigan hechos idénticos de forma simultánea en la Audiencia Nacional y en el Tribunal Supremo.
- Se alega la falta de investigación de figuras que consideran clave para el relato de los hechos, como Jésica Rodríguez.
- Se denuncia el cierre de la instrucción sin haber practicado pruebas periciales que podrían haber modificado las conclusiones de la acusación.
Indicios de corrupción y flujos de capital transatlánticos
A pesar de los intentos de anulación, el auto del Supremo mantiene una base sólida de indicios que apuntan a una trama organizada para el lucro personal durante lo peor de la crisis sanitaria. El juez instructor describe un esquema de cohecho continuado y tráfico de influencias donde el empresario Víctor de Aldama habría actuado como el motor financiero del grupo.
Las pruebas recabadas sugieren pagos mensuales de 10.000 euros a favor de Koldo García, extendiéndose incluso después de que Ábalos abandonara el Gobierno. Especial relevancia cobran las operaciones en el extranjero, específicamente en República Dominicana, donde se habrían realizado entregas de efectivo captadas por intermediarios. Aunque algunos de los implicados han intentado justificar estos viajes como asuntos de índole privada, las declaraciones de otros testigos apuntan directamente al cobro de comisiones por los contratos de suministro de material sanitario.
Un juicio fragmentado por la confesión de Aldama
La posición de los tres principales señalados es dispar. Mientras que Ábalos y García mantienen una postura de confrontación total y rechazo a cualquier pacto, el empresario Víctor de Aldama ha optado por una vía de colaboración que le ha permitido reducir la petición de pena a siete años. Su reconocimiento de los hechos ha sido fundamental para que el magistrado considere probado que existió un «proyecto delictivo común».
El tribunal ahora debe decidir si acepta el órdago de la cuestión prejudicial o si, por el contrario, ordena continuar con la vista oral. La resolución de este conflicto no solo marcará el destino de los acusados por el caso mascarillas, sino que también sentará un precedente sobre los límites del aforamiento y las garantías procesales en causas que afectan a la alta política y la gestión de fondos públicos.
La insistencia en elevar el caso a Luxemburgo refleja la desconfianza de las defensas hacia el actual proceso de instrucción en España, buscando en el marco del derecho comunitario una vía de escape o, al menos, un resquicio para la nulidad de las actuaciones más comprometedoras.
