El pulso por la competencia judicial: ¿Por qué el Supremo mantiene el caso?
La estrategia jurídica desplegada por la defensa del exministro José Luis Ábalos y su antiguo asesor, Koldo García, ha encontrado un muro infranqueable en el Ministerio Público. En una reciente vista preliminar, la Fiscalía Anticorrupción ha rechazado de plano la pretensión de los investigados de trasladar el enjuiciamiento del «caso mascarillas» desde el Tribunal Supremo hacia la Audiencia Nacional. Esta maniobra, que buscaba incluso la intervención del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), ha sido tildada de carente de lógica procesal dada la fase avanzada en la que se encuentra la causa.
El argumento central del fiscal jefe, Alejandro Luzón, se fundamenta en la seguridad jurídica. Según la jurisprudencia establecida desde 2014, el momento en que se dicta el auto de apertura de juicio oral es el punto de no retorno para fijar la competencia de un tribunal. Alterar este orden basándose exclusivamente en la conveniencia del acusado supondría, a juicio de la fiscalía, un precedente peligroso que permitiría a los investigados «elegir» a su juzgador tras conocer las pruebas y las penas solicitadas por las acusaciones.
Argumentos clave contra el traslado a la Audiencia Nacional
La Fiscalía ha expuesto diversos motivos técnicos por los cuales el proceso debe permanecer bajo la tutela del alto tribunal. Entre los puntos más destacados analizados durante la jornada se encuentran:
- La inescindibilidad de las conductas: Se considera que la actuación de Koldo García no puede entenderse sin la figura de Ábalos, calificando al primero como un «alter ego» que ejecutaba instrucciones directas.
- Evitación de dilaciones indebidas: Devolver la causa a la Audiencia Nacional implicaría reiniciar fases de instrucción ya superadas, lo que rompería la celeridad del procedimiento.
- Jurisprudencia consolidada: El fiscal recordó que las reglas de competencia no son opcionales y están blindadas una vez se inicia formalmente la etapa de juicio.
- Restricción de imputados: La fiscalía defendió que el magistrado instructor ha sido extremadamente preciso al delimitar quiénes deben sentarse en el banquillo, evitando una expansión innecesaria de la causa.
El recurso al TJUE: Una «vía de escape» desestimada
Ante la negativa de mover la sede del juicio, los abogados defensores plantearon una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta petición busca cuestionar si el Tribunal Supremo es realmente el órgano competente para juzgar estos delitos específicos. Sin embargo, para el Ministerio Público, esta solicitud no tiene otro fin que entorpecer el avance natural del proceso, calificando el intento como una medida estratégica más que jurídica.
Durante la exposición de estos argumentos, la tensión fue evidente en la sala. Tanto Ábalos como García manifestaron su desacuerdo mediante gestos y expresiones de disconformidad mientras escuchaban al fiscal Luzón defender la inamovilidad del tribunal. La fiscalía insiste en que el perímetro de los acusados ha sido fijado con rigor, limitándose a aquellos cuya participación es clave y directa en la trama de suministros sanitarios durante la pandemia.
Consecuencias de un posible cambio de tribunal
De prosperar la petición de las defensas, el escenario judicial daría un vuelco de 180 grados. Luzón advirtió que esto obligaría a practicar nuevas diligencias y a revisar testimonios que ya forman parte del cuerpo de la prueba. En la práctica, esto supondría un retroceso que afectaría a la certeza del procedimiento, algo que el sistema judicial intenta evitar para garantizar que la justicia se imparta en tiempos razonables.
En conclusión, el rechazo de la Fiscalía a que el caso abandone el Tribunal Supremo refuerza la tesis de que el proceso ha entrado en una fase crítica donde la estructura judicial es ya inalterable. El intento de Ábalos y Koldo por buscar un escenario supuestamente más favorable parece haber agotado una de sus bazas más importantes, dejando el camino expedito para el inicio de las sesiones de juicio oral bajo la supervisión del máximo órgano jurisdiccional de España.
