El ostracismo administrativo: ¿Por qué se congeló el protocolo de la víctima?
La gestión de la baja médica de la inspectora de la Policía Nacional que denunció al exdirector adjunto operativo (DAO), José Ángel González, por una presunta agresión sexual, ha revelado una serie de grietas sistémicas en el control interno del cuerpo. Lo que debería haber sido un proceso estandarizado de acompañamiento psicológico y evaluación de riesgos terminó convirtiéndose en un expediente olvidado deliberadamente en un cajón. Durante casi siete meses, los mecanismos de supervisión socio-sanitaria permanecieron inactivos, evitando que la situación de vulnerabilidad de la agente trascendiera a estamentos superiores como Asuntos Internos o el Régimen Disciplinario.
Habitualmente, cuando un agente cursa una baja por motivos de salud mental, la normativa interna exige que un equipo multidisciplinar tome contacto en un periodo no superior a las cinco semanas. Sin embargo, en este caso, el silencio administrativo fue la norma. Esta inacción no solo impidió la recopilación de informes médicos objetivos, sino que neutralizó la posibilidad de que la institución detectara indicios de criminalidad de oficio, una obligación ética y legal que parece haberse omitido para proteger la imagen de la cúpula policial.
Cronología de una presión psicológica sistemática
El origen de esta parálisis administrativa se remonta a los eventos ocurridos en abril de 2025. Tras el presunto incidente en el domicilio oficial del exmando, la víctima fue blanco de una estrategia de manipulación y hostigamiento telefónico sin precedentes. Los registros presentados ante el juzgado detallan una intensidad obsesiva: solo el día de los hechos se contabilizaron 17 llamadas. Este patrón de acoso laboral y personal se extendió durante meses, utilizando terminales tanto oficiales como privados, con el fin de evitar que la inspectora formalizara una denuncia.
La situación alcanzó un punto de ruptura el 24 de julio, cuando la agente, ya destinada en la Subdirección de Recursos Humanos, decidió comunicar su incapacidad para continuar trabajando debido al impacto psicológico sufrido. A pesar de ser puesta a disposición del equipo psicosocial en un primer momento, el seguimiento posterior desapareció por completo una vez que la baja fue ratificada por los servicios médicos. Desde ese instante, la maquinaria de control pareció detenerse para evitar que el expediente médico reflejara las verdaderas causas del trauma.
Puntos clave del bloqueo institucional
- Ausencia de entrevistas: El servicio de absentismo laboral no citó a la agente en ningún momento para evaluar su estado.
- Invisibilidad en el registro: A diferencia de otros casos, no constan informes técnicos derivados a la Unidad de Igualdad o a jefaturas superiores.
- Presuntas influencias: Se investiga si la relación entre el ex-DAO y responsables de los Servicios Sanitarios facilitó la paralización del protocolo.
- Omisión de auxilio: La protección institucional solo se activó tras la admisión a trámite de la querella judicial, siete meses después.
La defensa de la Dirección General frente a las críticas
Desde la Dirección General de la Policía se sostiene una versión diametralmente opuesta. Argumentan que no existe tal irregularidad, amparándose en que la obligatoriedad de los informes clínicos se establece a los once meses de la baja. Según esta postura oficial, la falta de contacto durante el primer semestre de incapacidad no supone una anomalía, sino una práctica que entra dentro de los márgenes reglamentarios. Sin embargo, fuentes internas del cuerpo contradicen esta visión, señalando que el protocolo de riesgos psicosociales suele activarse con mucha mayor celeridad cuando existen sospechas de un entorno laboral tóxico o violento.
La controversia radica en la discrecionalidad con la que se aplicaron estas normas. Mientras que para cualquier agente de escala básica el control del absentismo es riguroso y constante, en el caso de la inspectora que señalaba directamente al número dos de la Policía, el procedimiento se volvió laxo. La principal consecuencia de este «apagón informativo» fue que los hechos no pudieron ser investigados internamente hasta que la justicia ordinaria tomó cartas en el asunto, dejando a la víctima en una situación de indefensión institucional prolongada.
Hacia un análisis de las responsabilidades internas
El caso ex-DAO pone sobre la mesa la necesidad de revisar cómo se gestionan las denuncias por violencia de género y agresiones dentro de las fuerzas de seguridad. La figura de un mando con poder omnímodo sobre los servicios médicos plantea un conflicto de intereses evidente que ha podido viciar el procedimiento. La transparencia en los procesos de baja psicológica es fundamental para garantizar que ningún cargo, por elevado que sea, pueda utilizar la estructura orgánica para silenciar conductas delictivas.
En conclusión, lo que este expediente revela es una preocupante falta de cortafuegos entre el poder operativo y los servicios asistenciales de la Policía. Solo la intervención judicial ha logrado romper el muro de silencio que se edificó en torno a la víctima, planteando ahora serios interrogantes sobre cuántas otras denuncias podrían haber sido archivadas mediante la misma estrategia de parálisis burocrática. El restablecimiento de la confianza en los protocolos internos dependerá de la profundidad con la que se depuren las responsabilidades por esta presunta dejación de funciones.
