La estrategia judicial de la Fiscalía y la ausencia de medidas cautelares
En un giro procesal significativo, el Ministerio Público ha determinado no solicitar una orden de alejamiento contra José Ángel González Jiménez, antiguo Director Adjunto Operativo (DAO) de la Policía Nacional. Esta decisión se fundamenta en un análisis de la situación profesional actual del investigado. Tras su dimisión, la Fiscalía considera que el escenario de riesgo ha quedado neutralizado al desaparecer el vínculo de subordinación y la relación laboral directa que mantenía con la denunciante.
Este criterio ha generado sorpresa en el entorno judicial, especialmente tras la contundente ratificación de la querella por parte de la víctima ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 8 de Madrid. La inspectora, que sostiene haber sido objeto de una agresión sexual en abril del año pasado, compareció durante más de noventa minutos para detallar los pormenores de un suceso que ha sacudido los cimientos de la cúpula policial.
Ratificación del testimonio: noventa minutos de declaración crítica
La presunta víctima ha mantenido su versión de los hechos con firmeza, relatando lo ocurrido en la vivienda oficial del entonces número dos de la Policía Nacional. Según su testimonio, lo que debía ser una conversación profesional derivó en una situación de violencia sexual. La inspectora sostiene que los delitos cometidos no se limitan a la agresión, sino que incluyen coacciones, lesiones psíquicas y un presunto uso irregular de fondos públicos mediante malversación.
Frente a este relato, la defensa de González Jiménez ha articulado una narrativa basada en el despecho. Los letrados del exjefe policial argumentan que la denuncia es la culminación de un episodio de celos, derivado de una relación sentimental previa entre ambos. No obstante, la acusación subraya que cualquier vínculo anterior estuvo marcado por una asimetría de poder institucional que el investigado habría utilizado a su favor.
La prueba sonora: una grabación de 40 minutos en el centro del litigio
El pilar fundamental de la instrucción es un archivo de audio de aproximadamente 40 minutos de duración. En esta grabación, captada el 23 de abril de 2023, se escucharía el presunto abuso de autoridad. La querella indica que la inspectora fue citada en un contexto oficial, utilizando un vehículo camuflado, para terminar en el domicilio del DAO. Allí, según el documento judicial, se produjo un acercamiento físico que fue rechazado explícitamente hasta en tres ocasiones.
- Uso de la jerarquía: La frase «Oye, que yo soy el DAO» aparece como un elemento clave de presión.
- Rechazo verbal: La víctima asegura haber manifestado su negativa de forma rotunda y constante.
- Prevalimiento: La acusación pone el foco en cómo el cargo fue utilizado para doblegar la voluntad de la subordinada.
Contraargumentos de la defensa y el papel de terceros
El equipo jurídico del exDAO, liderado por el despacho Fuster-Fabra, intenta desacreditar el audio afirmando que en la grabación se percibe un clima de confianza e intimidad incompatible con una agresión. Han llegado a solicitar diligencias para comprobar si la inspectora eligió su destino actual voluntariamente, intentando desmontar la tesis de la presión sistemática.
Por otro lado, el caso se expande hacia otros mandos policiales. El nombre del comisario Óscar San Juan, antiguo asesor de confianza de González Jiménez, ha surgido en la instrucción por presuntas intimidaciones. Se investiga si existieron ofertas de destinos preferentes a cambio del silencio de la inspectora, lo que podría configurar una trama de encubrimiento y presiones internas dentro de la institución policial.
Conclusión del escenario procesal
La investigación continúa su curso bajo una enorme expectación mediática y corporativa. Mientras la defensa busca centrar el debate en la vida privada de los implicados, la acusación se apoya en las pruebas tecnológicas para demostrar que el ejercicio del poder fue la herramienta principal para la presunta comisión del delito. La negativa de la Fiscalía a solicitar el alejamiento marca un hito en el procedimiento, dejando a la víctima en una situación de vulnerabilidad administrativa mientras se dirimen las responsabilidades penales de quien fuera el máximo responsable operativo de la seguridad nacional.
