La controversia en torno al caso Koldo ha alcanzado un nuevo nivel de tensión institucional en el Senado. Ante la insistencia de la oposición por conocer los pormenores de los movimientos internacionales del exasesor de José Luis Ábalos, el Gobierno ha optado por una estrategia de hermetismo legal, evitando desglosar la hoja de ruta de los viajes que este realizó portando un pasaporte diplomático.
El escudo normativo frente al control parlamentario
En una reciente respuesta parlamentaria, el Ejecutivo ha declinado ofrecer la relación detallada de destinos y objetivos que el Partido Popular solicitaba sobre Koldo García. En lugar de aportar transparencia sobre la agenda del exasesor en el extranjero, el Gobierno se ha limitado a remitir a los senadores al Real Decreto 1123/2008, la norma que regula la expedición de estos documentos especiales.
Esta maniobra de respuesta genérica ha sido interpretada como un intento de eludir responsabilidades políticas. Los parlamentarios José Antonio Monago y Pilar Rojo habían requerido información específica sobre:
- La lista completa de viajes internacionales realizados bajo esta condición.
- La justificación oficial y los objetivos institucionales de cada desplazamiento.
- El motivo por el cual un asesor sin rango diplomático contaba con tal privilegio.
¿Quién tiene derecho a un pasaporte diplomático en España?
El marco jurídico citado por el Gobierno, el RD 1123/2008, actualizó una normativa obsoleta de los años 80 para alinearla con la realidad de la acción exterior del Estado. Según este decreto, el pasaporte diplomático no es un simple documento de viaje, sino una herramienta para facilitar las funciones de representación internacional.
La ley establece un círculo muy restringido de titulares, entre los que destacan:
- La Familia Real y el personal de alta dirección de la Casa de Su Majestad el Rey.
- Las máximas autoridades del país: Presidente del Gobierno, Ministros y presidentes de las cámaras legislativas.
- Representantes del Poder Judicial y el Fiscal General del Estado.
La concesión a Koldo García se produjo bajo una cláusula de discrecionalidad, al ser considerado «persona de confianza» del entonces titular de Transportes. Esto le permitió obtener un documento autorizado por la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, a pesar de carecer de carrera diplomática o consular.
La «invisibilidad» migratoria como factor clave
El núcleo de la preocupación de los investigadores y de la oposición radica en las ventajas operativas que otorga este documento. Disponer de un pasaporte diplomático permite cruzar fronteras con un nivel de discreción y agilidad muy superior al de un ciudadano común. Para la UCO (Unidad Central Operativa), reconstruir los movimientos de fondos y los contactos en el extranjero es vital para entender la presunta trama de corrupción en la compra de material sanitario.
Las informaciones que han trascendido sugieren que este privilegio permitió a García desplazarse sin dejar el rastro convencional que queda registrado en las bases de datos migratorias estándar. Este blindaje habría sido fundamental para gestionar, presuntamente, intereses relacionados con las comisiones ilegales en contratos durante los meses más críticos de la pandemia.
Un conflicto de transparencia que sigue abierto
Al no desglosar las fechas ni los destinos, el Gobierno deja en el aire las sospechas sobre si estos viajes tenían realmente un componente oficial o si, por el contrario, servían para fines privados o ilícitos bajo la protección de la inmunidad diplomática. La negativa a dar explicaciones directas en el Senado solo incrementa la presión sobre el Ministerio de Asuntos Exteriores, departamento encargado de la custodia y autorización de estos salvoconductos de élite.
Mientras la investigación judicial avanza analizando la trazabilidad financiera, el pulso político se mantiene en las instituciones, donde el uso de recursos del Estado para proteger la movilidad de asesores bajo sospecha sigue siendo el principal foco de conflicto entre el Ejecutivo y la oposición.
