La reciente intervención de las fuerzas de seguridad en el campus de la Universidad Complutense de Madrid ha encendido las alarmas sobre la salud del derecho de reunión en España. Tras los incidentes registrados durante la jornada de huelga educativa, Amnistía Internacional ha emitido un contundente análisis que cuestiona no solo la proporcionalidad de la respuesta policial, sino también la interpretación jurídica que las autoridades hacen sobre la ocupación del espacio público.
La desproporción en el uso de materiales antidisturbios
Uno de los puntos más críticos señalados por la organización es el empleo excesivo de la fuerza mediante el uso de porras. Según el análisis de las imágenes y testimonios recogidos, los agentes utilizaron estos elementos contra estudiantes que mantenían una actitud pacífica en las primeras líneas de la movilización, limitándose a portar pancartas. Amnistía Internacional subraya que los estándares internacionales de derechos humanos son claros: las defensas policiales tienen una función específica y solo deben ser utilizadas frente a actos de violencia real, con el fin estricto de neutralizar una agresión y no como una herramienta de castigo o dispersión indiscriminada.
El mito de la manifestación ilegal por falta de comunicación
Frente a los argumentos de ciertos sectores policiales que justifican la carga basándose en que la protesta no había sido comunicada oficialmente, el organismo internacional recuerda un principio jurídico fundamental: la falta de notificación previa no invalida una protesta. La legislación vigente y los tratados internacionales establecen que la comunicación a las autoridades es un trámite administrativo para facilitar la seguridad, pero bajo ningún concepto debe interpretarse como una solicitud de permiso. Por tanto, el hecho de que una marcha sea espontánea o no esté registrada no legitima su disolución violenta ni la detención de sus integrantes.
El espacio urbano como escenario de participación democrática
La organización pone el foco en una visión restrictiva del urbanismo que prioriza el tránsito de vehículos sobre los derechos fundamentales. En su análisis, defiende que la calle no es solo una vía de circulación, sino un espacio legítimo para la participación pública. En este sentido, se hace eco de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y de Naciones Unidas, que exigen a las administraciones un margen de tolerancia ante las molestias cotidianas que puedan causar las protestas, como los cortes de tráfico, entendiendo que estas son una parte esencial de la expresión democrática.
Individualización de la violencia frente a la estigmatización del grupo
Incluso ante posibles altercados aislados, la respuesta del Estado debe ser quirúrgica. Amnistía Internacional aclara que, si se produjera una agresión individual contra un agente, esto no otorga una «carta blanca» para cargar contra la multitud. La responsabilidad penal es individual y la policía tiene el deber de aislar focos de tensión específicos sin comprometer el derecho de reunión pacífica del resto de los asistentes. La violencia de unos pocos no puede utilizarse para criminalizar un movimiento estudiantil en su conjunto.
Exigencia de una fiscalización externa y transparente
- Condena firme al uso de tácticas intimidatorias en entornos académicos.
- Rechazo a la justificación de la fuerza por invasión de calzada o saltar cordones.
- Reconocimiento de la apertura de una investigación interna por la Delegación del Gobierno.
Finalmente, aunque se valora el paso dado por la Delegación del Gobierno al iniciar pesquisas internas, la organización considera que este mecanismo es insuficiente. Para garantizar la transparencia y la no repetición, se hace imperativa una investigación independiente y exhaustiva que determine las responsabilidades de mando en el operativo de la Complutense, asegurando que el ejercicio de los derechos civiles no se vea amordazado por el miedo a la violencia institucional.
