Procesan a tres mossos por ayudar a huir a Puigdemont

Lo que inicialmente parecía un caso cerrado en los juzgados de instrucción ha dado un vuelco radical. La Audiencia de Barcelona ha intervenido de manera contundente para reactivar la persecución judicial contra tres miembros de los Mossos d’Esquadra. Estos agentes, que anteriormente habían sido exonerados de forma provisional, se enfrentan ahora a un procesamiento formal por su presunta colaboración activa en la fuga del expresidente catalán, Carles Puigdemont, el pasado 8 de agosto de 2024.

Un giro de 180 grados en la estrategia judicial

La titular del Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona, siguiendo el mandato imperativo de la instancia superior, ha procedido a trasladar las actuaciones tanto al Ministerio Fiscal como a las acusaciones personadas. Tras el auto de la Audiencia del pasado 7 de julio, se abre ahora un periodo de diez días para que se presenten los escritos de acusación pertinentes. Este movimiento legal desmonta el archivo anterior, donde no se veían indicios de criminalidad, para situar a los agentes en el centro de una trama organizada para burlar la justicia.

El «encapsulamiento»: tácticas de protección en el ojo del huracán

La clave del procesamiento no reside solo en la presencia de los agentes en el lugar de los hechos, sino en la naturaleza técnica de sus acciones. Según los informes de la División de Asuntos Internos del cuerpo policial, los tres investigados no se encontraban allí de forma accidental. El análisis de las pruebas audiovisuales revela una operativa de «encapsulamiento», una formación técnica específica reservada habitualmente para los servicios de protección de personalidades.

  • Coordinación operativa: Los agentes habrían asumido roles complementarios para asegurar que Puigdemont avanzara entre la multitud sin ser interceptado.
  • Contacto físico: En diversas imágenes se observa cómo los agentes llegan a sujetar el brazo del expresidente para facilitar su movimiento rápido hacia el vehículo de fuga.
  • Incumplimiento del deber: La existencia de una orden de detención vigente dictada por el Tribunal Supremo convertía cualquier ayuda en una presunta infracción legal.

Las consecuencias penales: el artículo 408 bajo sospecha

La reactivación de esta causa responde a los recursos interpuestos por Vox y Hazte Oír, quienes actúan como acusaciones populares. El tribunal considera que los hechos encajan en el artículo 408 del Código Penal. Este precepto legal castiga a los funcionarios públicos que, faltando a su obligación, dejen de perseguir delitos de los que tengan conocimiento.

Las penas previstas para este tipo de conductas no implican prisión, pero sí una inhabilitación especial para empleo o cargo público que oscila entre los seis meses y los dos años. Este castigo supondría el fin de la carrera profesional de los agentes en el cuerpo de los Mossos, subrayando la gravedad de priorizar lealtades políticas sobre el cumplimiento del mandato judicial.

Hacia un juicio que examinará la neutralidad policial

La decisión de la Sección 7 de la Audiencia pone el foco sobre la estructura de seguridad en Cataluña y la posible existencia de redes de apoyo paralelas dentro de las instituciones. Al considerar que la conducta de los mossos fue un acto «intencionado y concertado» para evitar la detención, el proceso judicial que se avecina promete ser un examen riguroso sobre la neutralidad de los funcionarios ante figuras políticas con causas pendientes en el Supremo. El cierre de la instrucción marca así el inicio de un escenario de gran tensión política y jurídica.