El entorno judicial marca la actualidad de los hermanos Williams en este arranque de año. Los delanteros estrella del Athletic Club, Iñaki y Nico, se enfrentan a un complejo escenario legal tras ser citados a declarar en el marco de una instrucción penal. El caso, que ha generado un notable impacto en el entorno de San Mamés, se centra en la adquisición de un vehículo de alta gama y presuntas irregularidades en la transacción económica y administrativa del mismo.
Cita judicial en el Juzgado de Aoiz: Fecha y modalidad
La justicia ha fijado el próximo 27 de enero como el día clave para que los futbolistas ofrezcan su versión de los hechos. Bajo la condición de investigados, ambos hermanos comparecerán ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Aoiz, en la Comunidad Foral de Navarra. No obstante, por motivos logísticos y profesionales, la declaración se llevará a cabo mediante videoconferencia desde las propias instalaciones del club bilbaíno.
Este procedimiento responde a una querella que ha sido admitida a trámite tras detectarse indicios que justifican la apertura de diligencias previas. La investigación no solo afecta a los futbolistas internacionales, sino que también involucra a miembros de su círculo cercano, como su tía Mary Princefripomaa, quien también deberá prestar declaración ante el juez instructor.
El Mercedes AMG E63: El eje de la presunta estafa
El núcleo de la controversia reside en la operación comercial de un Mercedes AMG E63. Según la acusación particular, liderada por la empresa ‘OMNIGESTION 24 SLU’, los hechos se originaron a finales de 2024. El relato de la querella describe un proceso de compraventa que habría derivado en un perjuicio patrimonial significativo para la mercantil dedicada al sector automovilístico.
- Intervención de un intermediario para iniciar el contacto comercial.
- Importación del vehículo desde el extranjero y posterior matriculación en España.
- Propuesta de una permuta de vehículos como método de pago inicial.
- Simulación de una compraventa a nombre de un tercero por supuestos problemas administrativos.
La parte querellante sostiene que, una vez que el vehículo de lujo fue entregado, la contraprestación acordada nunca llegó a materializarse. Se alega que ni se entregó el coche que formaba parte del intercambio ni se efectuó el pago monetario correspondiente, lo que ha llevado a la calificación provisional de los hechos como presunto delito de estafa y apropiación indebida.
La estrategia de defensa de Iñaki y Nico Williams
Frente a estas acusaciones, los jugadores han mantenido una postura de firmeza y tranquilidad. A través de sus canales oficiales, han desmentido categóricamente cualquier implicación en actividades ilícitas. Su defensa sostiene que la denuncia carece de fundamento fáctico y que se trata de una estrategia para forzar un beneficio económico inexistente mediante la presión mediática.
Los hermanos Williams aseguran que la versión de la empresa está «tergiversada» y que su intención es colaborar plenamente con la justicia para esclarecer lo sucedido. De hecho, han manifestado su confianza en las instituciones y han advertido que, una vez se archive la causa, ejercerán las acciones legales oportunas contra quienes hayan intentado dañar su reputación profesional y personal con afirmaciones que consideran falsas.
Diligencias en curso y próximos pasos legales
El proceso se encuentra actualmente en su fase de instrucción. El magistrado encargado del caso no solo tomará declaración a los investigados, sino que ha ordenado una serie de pesquisas técnicas para verificar la trazabilidad de los vehículos implicados. Entre estas medidas destaca la solicitud de informes detallados a la Dirección General de Tráfico (DGT) para analizar los cambios de titularidad y las fechas exactas de las operaciones.
Mientras tanto, el Athletic Club se mantiene al margen de la disputa legal privada de sus jugadores, permitiendo que la declaración se realice de forma telemática para no interferir en la dinámica deportiva del equipo. La resolución de este conflicto dependerá de las pruebas que aporten ambas partes y de si el juez considera que hubo un engaño premeditado o si se trata de un simple incumplimiento de contrato que deba dirimirse en la vía civil.
