La situación jurídica de Rafael Blasco, quien fuera una de las figuras más influyentes de la política valenciana, ha dado un vuelco inesperado. La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha dictaminado la reapertura de la causa por blanqueo de capitales contra el exconseller, tras anular el sobreseimiento que previamente había dictado un juzgado de instrucción. El foco de la justicia se centra ahora en el rastro de 600.000 euros depositados en el extranjero, cuya procedencia y destino final son objeto de una nueva ofensiva investigadora.
El criterio de la autoridad: Por qué el delito no ha prescrito
El núcleo de esta reactivación procesal reside en una interpretación técnica del Código Penal. Mientras que el Juzgado de Instrucción número 10 de Valencia consideró que los hechos ocurridos entre 2008 y 2012 habían prescrito, la Audiencia ha estimado el recurso de la Fiscalía basándose en la condición de autoridad pública que ostentaba Blasco durante los hechos investigados.
El tribunal sostiene que, al haber desempeñado el cargo de conseller entre 2007 y 2011, se aplican los artículos 303 y 131.1 del Código Penal, que elevan los plazos de prescripción:
- La condición de autoridad conlleva penas accesorias de inhabilitación absoluta de hasta 20 años.
- Cuando la ley prevé inhabilitaciones superiores a una década, el plazo de prescripción del delito se extiende hasta los 15 años.
- Dado que los últimos movimientos registrados en la cuenta bajo sospecha datan de julio de 2012, la justicia tiene margen de actuación, al menos, hasta el año 2027.
La conexión panameña y las cuentas en Ginebra
La investigación se origina en el marco de la trama Azud, donde agentes de la UCO detectaron estructuras financieras complejas. En el centro del entramado aparece la sociedad offshore Jagat Inc, constituida en Panamá en 2007. Esta mercantil abrió una cuenta en una entidad bancaria de Ginebra, Suiza, en la que figuraban como firmas autorizadas tanto el propio Rafael Blasco como el empresario Miguel Montoro.
Los registros financieros revelan un ingreso inicial de 600.000 euros ordenado por Edinboro Investment, otra entidad radicada en paraísos fiscales y vinculada a pagos ilícitos en operaciones urbanísticas. Lo que resulta especialmente relevante para los investigadores es que, a pesar de que la apertura de la cuenta negaba la presencia de Personas Expuestas Políticamente (PEP), Blasco gestionaba estos fondos mientras dirigía carteras estratégicas en la Generalitat Valenciana bajo el mandato de Francisco Camps.
Siguiendo el rastro de los fondos opacos
La Audiencia de Valencia considera que cerrar la causa sin agotar el seguimiento del dinero sería «precipitado». La estrategia de la Fiscalía, ahora respaldada judicialmente, busca determinar qué ocurrió con el capital después de julio de 2012, cuando la cuenta suiza original fue clausurada y el saldo transferido a otros destinos. Esta fase de la instrucción judicial pretende acreditar si existió una transformación de los fondos para ocultar su origen ilícito.
A diferencia del conocido caso Cooperación, por el que Blasco ya cumplió condena, este nuevo frente judicial le vincula directamente con la red de influencias y comisiones de la trama Azud. La aparición de su nombre en informes de la Guardia Civil a finales de 2023 ha sido el detonante para que la jueza instructora elevara los testimonios que ahora permiten retomar las diligencias.
Implicaciones para el escenario judicial valenciano
La reapertura de este expediente supone un nuevo golpe para el entorno del antiguo Partido Popular valenciano. La interconexión entre diversas causas de corrupción demuestra que los mecanismos de blanqueo utilizados por diferentes tramas compartían, en ocasiones, los mismos canales financieros internacionales. La investigación actual no solo busca responsabilidades penales individuales, sino también desmantelar la arquitectura económica que permitió el movimiento de grandes sumas de dinero fuera del control del Banco de España y de la Agencia Tributaria.
En conclusión, el caso contra Rafael Blasco entra en una fase crítica donde las comisiones rogatorias a Suiza y la trazabilidad de la sociedad Jagat Inc serán determinantes. La justicia busca ahora confirmar si esos 600.000 euros constituyen un delito de blanqueo vivo y punible, rompiendo la tesis de la impunidad por el simple paso del tiempo.
