El Supremo avala cazar lobos solo para evitar daños al ganado

El escenario jurídico para la gestión de la fauna silvestre en España ha dado un vuelco definitivo. El Tribunal Supremo ha blindado la protección del lobo ibérico al establecer que cualquier medida que implique la muerte de ejemplares debe ser considerada estrictamente como un último recurso. Esta decisión no solo ratifica el estatus legal de la especie, sino que impone una carga de prueba sin precedentes sobre las administraciones regionales y las explotaciones ganaderas.

La jerarquía de la protección ambiental sobre la gestión cinegética

La reciente resolución de la Sala de lo Contencioso-Administrativo subraya que el lobo ya no es una especie gestionable bajo criterios puramente territoriales o de control de población tradicional. Al estar integrado en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE), el cánido goza de un paraguas legal que emana de la Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Esto implica que la administración debe priorizar la conservación por encima de la extracción.

El fallo judicial pone de manifiesto que la convivencia entre la ganadería extensiva y los grandes depredadores debe pasar obligatoriamente por un filtro de medidas preventivas. El Tribunal Supremo es tajante: no se puede autorizar la caza si no se demuestra, con expedientes técnicos rigurosos, que se han agotado todas las vías de protección posibles para el ganado.

El requisito de las medidas alternativas: un examen exhaustivo

Para que una comunidad autónoma pueda autorizar la muerte de un ejemplar, debe existir una justificación técnica que demuestre el fracaso de las herramientas no letales. Entre estas medidas que las explotaciones deben haber implementado de forma «razonable» se incluyen:

  • Uso de mastines y perros de guarda debidamente adiestrados.
  • Instalación de vallados electrificados o infraestructuras de protección nocturna.
  • Cambios en los regímenes de pastoreo para evitar zonas de alta conflictividad.
  • Sistemas de vigilancia y monitoreo constante de los rebaños.

Solo cuando estas acciones resultan ineficaces tras un periodo de prueba real, la administración podría plantearse la vía de la excepcionalidad, siempre bajo una supervisión técnica minuciosa y nunca de forma indiscriminada.

El precedente de Cantabria y la visión científica del territorio

La sentencia del Alto Tribunal confirma la anulación de los permisos que el Gobierno de Cantabria otorgó en su día para abatir lobos. La justicia da la razón al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, invalidando aquellas «extracciones» que pretendían mitigar daños sin cumplir con los estándares europeos. La Directiva Hábitats de la Unión Europea sirve aquí como marco de referencia, exigiendo que cualquier intervención humana no ponga en riesgo la viabilidad biológica de la especie.

Uno de los puntos más innovadores de la resolución es la crítica al análisis localista. El Supremo aclara que el hecho de percibir un aumento de ejemplares en un municipio o comarca específica no es motivo suficiente para autorizar su caza. Debido a que el lobo es una especie con grandes áreas de campeo y alta movilidad, el análisis de su estado de conservación debe realizarse a escala regional o incluso nacional, utilizando censos científicos actualizados y no impresiones subjetivas basadas en avistamientos aislados.

Hacia un nuevo modelo de coexistencia

Este pronunciamiento judicial marca el fin de una era en la que la caza se utilizaba como una herramienta administrativa de respuesta rápida ante el conflicto. A partir de ahora, la muerte selectiva de lobos queda condicionada a una transparencia total en la gestión de las ayudas preventivas y a una comprobación científica del bienestar de la población llobera.

En definitiva, el Tribunal Supremo apuesta por un modelo donde el rigor técnico sustituye a la discrecionalidad política. La supervivencia del lobo y la viabilidad de la ganadería dependen, según esta doctrina, de un compromiso real con la innovación preventiva y el respeto absoluto a la normativa ambiental vigente, consolidando así el máximo nivel de protección para uno de los iconos más emblemáticos de la fauna ibérica.