La resolución judicial sobre una de las ramificaciones más mediáticas del accidente ferroviario de Angrois ha concluido con una absolución. El Juzgado de lo Penal número 1 de Santiago ha decidido exculpar al antiguo empleado de la constructora ferroviaria Talgo, quien había sido acusado de un presunto delito de calumnias tras denunciar públicamente una supuesta manipulación de pruebas vinculadas a la tragedia de 2013.
El matiz legal entre calumnia e injuria
El fallo judicial se fundamenta en un análisis técnico-jurídico sobre la tipificación del delito. Aunque la magistrada reconoce que las afirmaciones del extrabajador podrían encajar en el espectro de las injurias graves con publicidad, la acusación se centró exclusivamente en la figura de la calumnia. Al no poderse demostrar la imputación de un delito concreto con conocimiento de su falsedad, la condena resulta improcedente bajo los términos planteados por la querella.
Esta distinción es crucial en el derecho penal español: mientras que la calumnia requiere la imputación de un delito, la injuria se refiere a la lesión de la dignidad. Según la sentencia, al no haber sido solicitada la condena por injurias en el escrito de acusación, el tribunal no puede actuar más allá de los márgenes delimitados por las partes, aplicando el principio de congruencia procesal.
Cronología de una denuncia controvertida
El conflicto se remonta a finales de 2019, cuando el técnico presentó una declaración jurada ante la plataforma de víctimas del Alvia. En aquel documento, el exempleado sostenía que, apenas minutos después del descarrilamiento que costó la vida a 80 personas, se habrían dado órdenes directas para borrar historiales de averías en el sistema informático de la compañía. Este testimonio fue clave para que el juzgado de instrucción decidiera reabrir el caso justo antes de que se iniciara el juicio oral.
- Impacto procesal: Las afirmaciones del técnico retrasaron el cierre de la instrucción y forzaron nuevas diligencias.
- Respuesta corporativa: La empresa ferroviaria siempre calificó estas acusaciones de «técnicamente imposibles» y emprendió acciones legales inmediatas.
- Despido previo: El acusado ya había sido desvinculado de la organización en 2018, un año antes de formalizar su testimonio ante las víctimas.
Inconsistencias técnicas señaladas por el tribunal
Uno de los puntos determinantes para la absolución radica en la falta de pruebas concluyentes sobre el acceso del técnico a la información que decía poseer. Durante el plenario, se constató que el acusado solo tuvo contacto directo con el tren accidentado (el modelo 730-12) durante una jornada específica de julio de 2013, realizando tareas de revisión de motores durante apenas unas horas.
Para la jueza, este limitado margen de tiempo hace inverosímil que el trabajador pudiese tener un conocimiento tan profundo y detallado sobre las supuestas averías previas mencionadas en su denuncia. Además, el resto de los empleados y directivos señalados como ejecutores del presunto borrado de datos negaron tajantemente haber recibido órdenes de esa naturaleza, debilitando la base fáctica de la acusación de calumnia.
El cierre de una etapa en el entorno del Alvia
Con esta sentencia, que no impone el pago de costas procesales al acusado, se cierra uno de los episodios más tensos de la periferia legal del caso Angrois. La resolución subraya que, si bien el derecho a la libertad de expresión tiene límites, la deficiencia en la calificación del delito por parte de la acusación particular y la empresa ha sido el factor determinante para el desenlace del proceso.
A pesar de la absolución, el tribunal deja claro que las imputaciones vertidas eran graves y no fueron probadas, lo que resalta la complejidad de las responsabilidades penales en contextos de alta sensibilidad social como lo es el mayor accidente ferroviario de la historia reciente de España.
