Denuncian la venta de Chamartín sin pasar por el Gobierno

La denominada Operación Chamartín, hoy rebautizada como Madrid Nuevo Norte, se enfrenta a un desafío jurídico que podría tambalear los cimientos de la mayor transformación urbanística de la capital. La controversia surge tras la denuncia de que la venta de los suelos públicos al sector privado, liderado mayoritariamente por el BBVA, se ejecutó presuntamente omitiendo un requisito legal indispensable: el aval del Consejo de Ministros. Esta falta de fiscalización administrativa pone bajo el foco un negocio que supera los 1.300 millones de euros.

El blindaje legal de los 20 millones: Una barrera ignorada

El núcleo del conflicto reside en la Ley 33/2003 de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Esta normativa es tajante en su artículo 135: cualquier enajenación de bienes inmuebles o derechos del Estado cuyo valor supere los 20 millones de euros requiere obligatoriamente la autorización previa del Gobierno en su conjunto. En el caso de Madrid Nuevo Norte, el importe de la transacción alcanzó los 1.312,8 millones de euros, una cifra que multiplica por 65 el límite legal establecido para exigir el visto bueno ministerial.

La Asociación No Abuso, que agrupa a antiguos propietarios de los suelos, ha formalizado una reclamación mediante burofax dirigida al notario que autorizó la compraventa a finales de 2024. Según el colectivo, la transmisión patrimonial se realizó sin que conste dicha aprobación gubernamental, lo que podría derivar en una causa de nulidad de pleno derecho del contrato de compraventa firmado entre ADIF y la sociedad promotora.

Cronología de una firma: De la etapa Ábalos al mandato de Puente

La arquitectura jurídica de esta operación no es reciente, sino que se ha fraguado a lo largo de varios años y bajo distintas gestiones en el Ministerio de Transportes. El diseño contractual se modificó sustancialmente en diciembre de 2018, bajo la dirección de José Luis Ábalos. Fue en ese momento cuando se alteró la naturaleza del acuerdo, pasando de un derecho de superficie o cesión a una compraventa directa de los terrenos, otorgando a la entidad financiera una posición de dominio sobre el suelo.

Sin embargo, la formalización definitiva no llegó hasta el 19 de diciembre de 2024, ya bajo la titularidad de Óscar Puente. El documento notarial elevado a público en esa fecha es el que ahora se cuestiona. Los demandantes sostienen que la inercia administrativa heredada de la etapa anterior no exime al actual equipo ministerial de cumplir con los controles de legalidad que exige el patrimonio público español.

Ventajas estratégicas y el impacto en los expropiados

La reestructuración del contrato no solo cambió la titularidad de las tierras, sino que introdujo modificaciones que favorecieron notablemente al comprador privado. El análisis del caso revela tres ejes fundamentales de beneficio para el banco:

  • Propiedad plena: El traspaso de los terrenos dejó de ser una concesión limitada para convertirse en una adquisición patrimonial que permite el desarrollo inmobiliario directo.
  • Externalización de costes: Las posibles indemnizaciones derivadas de reclamaciones históricas de antiguos propietarios serían asumidas por las arcas del Estado, liberando a la promotora de cargas financieras imprevistas.
  • Especulación permitida: La estructura del acuerdo habilita la posterior reventa de parcelas a terceros, facilitando un retorno de inversión rápido mediante la construcción de oficinas y viviendas de lujo.

La paradoja política: Retórica social contra realidad patrimonial

Este escenario genera una incomodidad política evidente para el Ejecutivo de Pedro Sánchez. Mientras el discurso oficial se centra en combatir la especulación inmobiliaria y limitar el poder de los grandes tenedores, la gestión operativa de sus ministerios ha culminado la venta de una de las mayores reservas de suelo público a entidades bancarias. Este caso no es aislado; se suma a otras operaciones polémicas como la del edificio de María de Molina 50, también cuestionada por la vía judicial.

Para los herederos de los terrenos expropiados originalmente en las décadas de los 40 y 50 para fines ferroviarios, la situación es doblemente agravante. El derecho de reversión, que les permitiría recuperar sus tierras al no cumplirse el fin público original, se desvanece al pasar estos suelos a manos de una sociedad mercantil privada. La denuncia actual no solo busca proteger el patrimonio del Estado, sino también frenar lo que consideran un expolio de derechos históricos bajo el paraguas de un urbanismo de grandes cifras.

Consecuencias jurídicas de una posible revocación

Si la justicia o el propio Ministerio de Transportes acceden a revisar la escritura por la falta de autorización del Consejo de Ministros, las consecuencias para Madrid Nuevo Norte serían imprevisibles. Una posible revocación de la escritura pública obligaría a retrotraer las actuaciones, paralizando licencias y obras en curso. Este nuevo frente legal sitúa a la administración en una encrucijada: defender la validez de un procedimiento administrativo cuestionado o admitir un error de forma que podría anular la mayor operación inmobiliaria de la década en España.