Inhabilitado el expresidente de León por el caso Púnica

La justicia ha dictado su palabra final sobre una de las ramificaciones más mediáticas del entramado Púnica en Castilla y León. La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha ratificado de manera íntegra la sentencia que aparta de la gestión pública a Marcos Martínez Barazón, quien fuera presidente de la Diputación de León, confirmando una pena de ocho años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación.

Un revés judicial definitivo para la cúpula provincial

El alto tribunal ha decidido respaldar el criterio previo de la Audiencia Nacional, desestimando los recursos presentados por las defensas. Esta resolución no solo afecta a Martínez Barazón —quien se vio obligado a abandonar la alcaldía de Cuadros tras el primer fallo—, sino que extiende su sombra sobre otros cargos técnicos y políticos de la institución provincial. El dictamen valida las penas de inhabilitación, que oscilan entre los 4 y los 8 años y medio, para un total de seis investigados.

Entre los nombres destacados que figuran en la resolución judicial se encuentran:

  • Pedro Vicente Sánchez: Antiguo coordinador general de la Diputación y exalcalde de Puebla de Lillo.
  • Manuel Jesús López Sánchez: Quien ejerciera como interventor en la institución leonesa durante el periodo investigado.
  • Varios colaboradores externos vinculados a la gestión de los contratos bajo sospecha.

El uso de fondos públicos para la reputación digital

El núcleo de esta pieza del caso Púnica se centró en la adjudicación irregular de contratos destinados a mejorar la imagen online de los mandatarios. Según los hechos probados, la Diputación de León sufragó trabajos de reputación personal para la fallecida Isabel Carrasco y para su sucesor, Martínez Barazón, bajo una apariencia de legalidad que la justicia ha desmontado.

A pesar de la gravedad de la prevaricación, la sentencia mantiene la absolución respecto a los delitos que implicaban penas de prisión, al no haberse acreditado con la contundencia necesaria que los servicios contratados redundaran exclusivamente en un beneficio personal privado, aunque el procedimiento administrativo para su contratación estuviera viciado de nulidad desde su origen.

Impacto en la política local y administrativa

Este fallo supone el cierre de un ciclo de incertidumbre jurídica que ha condicionado la política leonesa durante años. La ratificación del Tribunal Supremo subraya la responsabilidad de los administradores públicos en el manejo de las partidas presupuestarias, recordando que el desvío de los cauces legales para fines de autobombo político constituye una infracción administrativa de alto calibre que conlleva el apartamiento inmediato de las instituciones.

Con esta sentencia firme, el escenario político de León termina de depurar las responsabilidades derivadas de una red que utilizó las estructuras de la administración para fines que la justicia ha declarado oficialmente ajenos al interés general.