El Supremo rebaja a 39.000 euros las costas de García Ortiz

La balanza judicial se inclina ligeramente a favor del ex fiscal general del Estado en el terreno económico. El Tribunal Supremo ha emitido un decreto reciente mediante el cual se corrigen a la baja las obligaciones financieras de Álvaro García Ortiz, recortando de manera drástica la factura de los honorarios legales que este debía afrontar tras su condena. Lo que inicialmente se perfilaba como un desembolso superior a los 79.000 euros ha quedado fijado provisionalmente en 39.000 euros, tras detectarse errores técnicos en el cálculo inicial.

El ajuste técnico: Por qué se reducen las costas procesales

La reducción, que supone un alivio del 50% respecto a la cifra original, nace de una impugnación presentada por la Abogacía del Estado y secundada por la Fiscalía. El núcleo de la controversia residía en la inclusión de conceptos calificados como «indebidos». En concreto, la letrada de la Administración de Justicia ha determinado que no procedía cargar al condenado las minutas correspondientes a diversos recursos de apelación. Según la normativa procesal, estas costas solo se imponen cuando se aprecia temeridad o mala fe manifiesta, circunstancias que no se han acreditado en este caso específico.

Este ajuste no es definitivo en su totalidad, ya que todavía queda pendiente de resolución una segunda vía de impugnación: la de las costas excesivas. Mientras que lo «indebido» se refiere a conceptos que no deberían estar incluidos, lo «excesivo» cuestiona si los honorarios del abogado de Alberto González Amador se ajustan a la realidad del mercado y a la complejidad técnica del proceso.

Un informe compartido para garantizar la imparcialidad institucional

Uno de los puntos más espinosos de este proceso ha sido la elección de los organismos encargados de tasar las minutas. La defensa de García Ortiz puso en duda la neutralidad del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), dado que esta institución actuó como acusación en la causa original. Para evitar cualquier sombra de sospecha sobre el informe preceptivo, el Supremo ha optado por una solución salomónica:

  • Solicitar el informe de valoración de forma conjunta al Consejo General de la Abogacía Española y al ICAM.
  • Garantizar que la evaluación técnica sea objetiva y no esté influenciada por la previa participación procesal del colegio madrileño.
  • Mantener el procedimiento abierto hasta que se determine si los importes reclamados son proporcionales a la labor realizada.

El trasfondo del caso: Condena y solidaridad gremial

Conviene recordar que este escenario es consecuencia directa de la sentencia que inhabilitó a García Ortiz por dos años debido a un delito de revelación de secretos. La difusión de datos reservados relativos a la investigación fiscal de la pareja de Isabel Díaz Ayuso no solo acarreó la pérdida del cargo, sino también una sanción económica de 7.200 euros y una compensación obligatoria de 10.000 euros por daños morales.

Un detalle relevante en este conflicto es el respaldo financiero recibido por el ex fiscal. La Unión Progresista de Fiscales (UPF), organización que García Ortiz presidió en el pasado, ha asumido el pago de la multa y la indemnización a través de aportaciones voluntarias de sus miembros. Esta movilización de recursos subraya la fractura interna y el carácter institucional que ha rodeado cada paso de este procedimiento judicial.

En conclusión, aunque la responsabilidad penal y administrativa está firme, la batalla por la cuantía de la factura legal sigue su curso en las oficinas del Supremo, donde cada euro de la minuta de la defensa contraria está siendo analizado con lupa bajo criterios estrictos de procedimiento procesal. El monto final podría experimentar nuevas variaciones dependiendo del informe que elaboren los colegios profesionales.