Condena a seis jóvenes por tatuar la cara a un discapacitado

Resolución judicial por las graves vejaciones sufridas por un joven en Manacor

La justicia balear ha cerrado uno de los capítulos más oscuros de violencia grupal ocurridos en Mallorca en los últimos años. La Audiencia Provincial de Baleares ha dictado una sentencia de conformidad contra seis individuos que, en el año 2021, sometieron a un hombre con una discapacidad del 38 por ciento a una serie de torturas y humillaciones públicas. El tribunal ha ratificado penas de cinco meses de prisión para cada uno de los implicados por un delito contra la integridad moral.

Además de la pena privativa de libertad, el fallo judicial incluye una sanción económica de 2.350 euros en concepto de multas por delitos leves de lesiones y coacciones. Los agresores, que reconocieron los hechos para obtener una reducción en la condena, también tienen prohibido cualquier tipo de comunicación o acercamiento a la víctima en un radio de 250 metros, garantizando así la protección del perjudicado tras el trauma sufrido.

Un escenario de crueldad bajo la apariencia de un concurso falso

Los hechos, que tuvieron lugar en la localidad de Manacor, destacan por el ensañamiento y la manipulación ejercida sobre una persona vulnerable. Los ahora condenados diseñaron un concurso ficticio con el único objetivo de vejar a la víctima, aprovechándose de su incapacidad para discernir la gravedad de las pruebas a las que era sometido. Según el tribunal, el consentimiento del joven fue inexistente debido a su condición intelectual.

La lista de agresiones documentadas durante el proceso judicial revela un nivel de sadismo extremo que incluyó diversas formas de modificación corporal no consentida y violencia física:

  • Realización de tatuajes humillantes, incluyendo un pene en el rostro y un sujetador en el tórax.
  • Rasurado completo y tatuaje de las cejas y otras zonas de la cabeza.
  • Colocación de piercings y perforaciones en las orejas sin medidas sanitarias.
  • Inmovilización forzada del joven utilizando bridas en las extremidades.
  • Agresiones físicas directas como el uso de pegamento en los labios y pinchazos en las plantas de los pies.

Atenuantes y reparación efectiva del daño moral

A pesar de la gravedad de los actos, la sentencia contempla dos circunstancias atenuantes que han permitido la reducción de las penas solicitadas inicialmente. En primer lugar, la reparación del daño, puesto que los acusados ya han consignado la totalidad de la indemnización fijada en 18.160 euros, dinero que se destinará íntegramente a resarcir a la víctima por los daños físicos y psicológicos.

En segundo lugar, el tribunal ha apreciado dilaciones indebidas en el proceso judicial. La causa sufrió varios periodos de parálisis administrativa entre marzo de 2023 y principios de 2025, factores ajenos a los procesados que, según la normativa vigente, obligan a una moderación en la imposición de las penas. Esta resolución in voce marca el final de un proceso que ha conmocionado a la opinión pública por la vulnerabilidad de la víctima y la frialdad de los ejecutores.

El caso subraya la importancia de la vigilancia judicial sobre los delitos de odio y trato degradante hacia el colectivo de personas con discapacidad, quienes a menudo son blanco de abusos amparados en dinámicas de grupo donde la empatía desaparece en favor del escarnio público.