La seguridad jurídica en los procesos de reestructuración empresarial ha recibido un impulso determinante. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictaminado que el sistema de compensaciones diseñado por Telefónica para su último expediente de regulación de empleo es plenamente constitucional, rechazando que la segmentación de pagos basada en el año de nacimiento suponga una práctica discriminatoria.
El principio de proporcionalidad en el despido colectivo
El fallo judicial, con fecha de marzo de 2024, pone fin a la controversia generada por un trabajador nacido en 1967 que se acogió voluntariamente al ERE de la operadora. El demandante alegaba que el esquema de indemnizaciones vulneraba el derecho fundamental a la igualdad, dado que el plan otorgaba porcentajes de salario superiores a los empleados con más trayectoria potencial por delante frente a los que se encuentran en el tramo final de su carrera.
No obstante, la sala de lo social ha desestimado estas pretensiones, subrayando que las diferencias en las cuantías no son arbitrarias. Por el contrario, responden a una justificación objetiva y razonable: proteger con mayor intensidad a quienes se enfrentan a un mercado laboral incierto y lejano a la edad de retiro, frente a aquellos que ya tienen garantizado un tránsito más estable hacia la jubilación.
Análisis del esquema indemnizatorio: ¿Por qué varían los porcentajes?
El acuerdo alcanzado entre la compañía y los sindicatos estableció una escala técnica que buscaba equilibrar la salida de miles de profesionales. Para comprender la estructura validada por la justicia, es necesario observar cómo se distribuyeron las rentas según el año de nacimiento:
- Menor edad (nacidos en 1968): Perciben un 68 % de su salario hasta la edad de jubilación.
- Tramo intermedio (nacidos en 1967): Acceden a una compensación que oscila entre el 62 % y el 34 % en función de los hitos de edad alcanzados.
- Mayor edad (nacidos en 1963 o antes): Reciben un 52 % del salario bruto, el porcentaje más bajo de la tabla.
Esta progresividad inversa —donde a menor edad corresponde una mayor indemnización— es la que el TSJM considera proporcionada. El tribunal argumenta que un empleado de 60 años dispone de mecanismos como el convenio especial de seguridad social, facilitando su acceso a la pensión contributiva sin los riesgos de exclusión que afrontaría un perfil más joven en caso de no encontrar un nuevo empleo de forma inmediata.
La importancia de la negociación y la voluntariedad
Un factor crítico que ha inclinado la balanza judicial a favor de la empresa es el carácter pactado de la medida. La justicia enfatiza que el ajuste de plantilla no fue una imposición unilateral, sino el resultado de una negociación colectiva exitosa. Al existir un acuerdo con la representación legal de los trabajadores, se diluye cualquier sospecha de represalia individual o trato injustificado.
Además, el tribunal resalta que las condiciones ofrecidas en el ERE superan con creces los mínimos legales establecidos en el Estatuto de los Trabajadores. El plan de bajas no solo contempla rentas mensuales, sino también primas por voluntariedad y cláusulas de protección para los salarios más bajos, lo que refuerza la naturaleza socialmente responsable del acuerdo.
Seguridad jurídica para futuras reestructuraciones laborales
Esta sentencia se alinea con la doctrina previa del Tribunal Supremo, que en enero de 2023 ya había sentado jurisprudencia al declarar que las escalas indemnizatorias por edad son válidas siempre que exista una causa legítima. Para los magistrados, el «recorrido profesional» restante es un bien jurídico protegible que justifica una compensación económica más elevada.
En conclusión, el veredicto del TSJM supone un respaldo total a la estrategia de recursos humanos de Telefónica y establece un precedente sólido para otras corporaciones en España. Valida que, en el marco de una reestructuración pactada, la edad puede ser utilizada como un criterio de diferenciación legal, siempre que el objetivo sea mitigar el impacto del desempleo en los colectivos con mayor incertidumbre vital.
